¿Qué incluye la liquidación y el finiquito?
En el documento de finiquito y liquidación hay que incluir estos datos mínimos: El salario de los días trabajados y no cobrados. Pagas extra y horas extraordinarias (no prorrateadas) que están pendientes de pago. Vacaciones laborales no disfrutadas, que se calculan hasta el momento del fin del contrato.
¿Que se le paga a un trabajador en la liquidación?
En general, la liquidación se calcula sobre el salario devengado al finalizar el vínculo laboral y se compone de seguridad social y prestaciones (cesantías, intereses de cesantías, prima y vacaciones).
¿Qué se considera en la liquidación?
Una vez terminada la relación laboral, el trabajador registrado en planilla electrónica, cuando menos un mes íntegro de servicios, tendrá derecho al pago de la liquidación de beneficios sociales dentro de las 48 horas de producido el cese.
¿Cuáles son los 3 tipos de liquidación?
En este artículo, exploraremos los tres tipos principales de liquidación: liquidación obligatoria, liquidación voluntaria de los acreedores y liquidación voluntaria de los miembros . Explicaremos cada tipo, incluidas las circunstancias en las que ocurren, el proceso involucrado y sus efectos en la empresa y sus grupos de interés.
¿Cuánto te pagan por el finiquito?
La empresa debe abonar en el finiquito la parte proporcional de los días trabajados del año en curso. Se calculan desde el 1 de enero del año en curso hasta el día en que cesa la relación laboral, y corresponden 2,5 días por mes y descontando los días disfrutados si los hubiera.
¿Cómo se hace el cálculo de la liquidación?
La fórmulas para el cálculo de liquidación de sueldo son las siguientes: Prima de servicios: Salario mensual * Días trabajados en el semestre/360. Cesantías: Salario mensual * Días trabajados/360. Intereses sobre cesantías: Cesantías * Días trabajados * 0,12/360.
¿Cómo se hace la liquidación de un trabajador?
Si el trabajador tiene contrato a término indefinido y es despedido sin justa causa debe recibir una indemnización de 30 días de salario por el primer año trabajado y de 20 días por cada año adicional. Si no se cumple el año completo, la liquidación debe hacerse según el tiempo laborado.